CÓMO SE IMPLEMENTA. QUIENES PUEDEN INSCRIBIRSE Y A QUIENES LES CORRESPONDE.
En los próximos días se podrán inscribir los vecinos y vecinas que tengan la necesidad de recibir el subsidio que se estableció para acceder a los mismos y las condiciones que lo harán posible para recibir los subsidios mencionados de Luz y Gas.
Para obtener la información se habilitó el sitio: argentina.gob.ar/subsidios.
0 – 1 – 2: entre el 15 y el 19 de julio.
3 – 4 – 5: entre el 20 y el 22 de julio.
6 – 7 – 8 – 9: entre 23 y el 26 de julio.
MANERA PRESENCIAL
En caso de optar por ésta opción, deberán los usuarios/usuarias, hacerlo en la oficina de ANSES y en aquellas prestadoras de servicios.
QUIENES PUEDEN TRAMITARLOS / QUIENES NO
Este nuevo régimen de ordenamiento de subsidios de Luz y Gas rige desde el mes de junio, con el objetivo primordial el de alcanzar tarifas razonables, equitativas y justas para el valor de la energía que se brinda. Por este motivo se establecen tres grupos.
Estos son los tres grupos, perfectamente definidos:
1) Segmentos de ingresos altos (no tendrán subsidios). Aquellos que reúnan una de éstas condiciones, considerándose en conjunto a los y las integrantes del hogar pagarán el costo pleno de gas y luz.
– Ingresos mensuales totales del hogar por más de $ 350.000.
– Poseer 3 o más vehículos (con antigüedad menor a 5 años).
– Ser titular de activos societarios que acrediten capacidad económica plena.
– Ser titular de 3 o más inmuebles.
– Ser titular de 1 aeronave o embarcación.
2) Segmentos de ingresos medios: (Subsidio Parcial).
Son aquellos usarios que no alcanzan los niveles de ingresos altos ni menores. Tendrán una suba en sus facturas de hasta un 42,7% en 2022 (todo el año). Este grupo declara ingresos mensuales totales del hogar entre $100.000 y $350.000 pesos, posee hasta 2 inmuebles y hasta 2 vehículos con antigüedad menor a 5 años.
3) Segmento de «menores ingresos». SUBSIDIO COMPLETO.
Los usuarios/usuarias que reúnan alguna de las siguientes condiciones , y considerando en conjunto a los/las integrantes del hogar:
– Ingresos netos que sean menores al valor equivalente de Una Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según INDEC ($100.000)
– Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
– Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario que se encuentre registrado en RENACOM
– Con un / una integrante del grupo familiar que tenga Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
– Con un/una integrante que posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y considerando a los / las integrantes del hogar en conjunto cuenten con ingresos menores a valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 de acuerdo a INDEC ($150.000).
PUEDES PERDER EL SUBSIDIO EN ESTOS CASOS
– Ser propietario/propietaria de 2 inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en su conjunto.
– Ser propietario/propietaria de vehículo de hasta 3 años de antigüedad, con excepción de aquellos donde exista un integrante que posea el Certificado Único de Discapacidad (CUD) y sea conviviente.
SI RECIBO UNA ASIGNACIÓN, PENSIÓN O JUBILACIÓN, DEBO INSCRIBIRME?
– SI. Tienen que inscribirse todas las personas, con inclusión de las mismas si perciben, Jubilación, Pensión y/o son beneficiarios de programas sociales, cómo la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.