Es una herramienta participativa, que antecede a una determinada medida, mostrando las ventajas y desventajas que conlleva su realización, pone de manifiesto la confrontación de intereses, caracterizando aquellos de índole individual y los de índole colectivo y evidencia la complejidad de factores que deben tenerse en cuenta ante la ejecución de una política pública.
Es una oportunidad para los involucrados, ya que acceden a la información detallada sobre un proyecto en cuestión, y garantiza la posibilidad que en un plano de igualdad los ciudadanos/as pueden dar su opinión respecto a un tema determinado conforme a sus propios intereses así como los del conjunto.
Es una oportunidad para los funcionarios, porque recepciona en pie de igualdad las diferentes posiciones frente a un tema objeto de decisión y es una oportunidad para la gestión pues transparenta la ejecución de un acto administrativo.
Si bien las opiniones vertidas presentan un carácter consultivo y no vinculante, luego de finalizada la Audienciala autoridad a cargo debe elaborar un informe acerca de cómo las ha incorporado o por qué se han desestimado, según el caso. En este sentido la Audiencia Pública se constituye como un espacio institucional para el contacto entre la autoridad responsable de la toma de decisión y los ciudadanos
Para el Poder Ejecutivo la convocatoria a Audiencia es obligatoria en cumplimiento de la Ley Nº 123 Boletín oficial (BOCBA) N° 622 el día 01/02/1999 de Evaluación de Impacto Ambiental, y en cumplimiento de la Ley Nº 210 Boletín oficial (BOCBA) N° 752 el día 10/08/1999 , la cual establece las facultades del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos dela Ciudad.
- La ley Nº 123 alcanza aquellas actividades, proyectos, programas o emprendimientos susceptibles de producir un impacto ambiental de relevante efecto. En este sentido determina que una vez finalizado el análisis del proyecto y elaborado el Dictamen Técnico por parte dela Autoridad de Aplicación, el Poder Ejecutivo debe convocar a Audiencia..
En el marco de cumplimiento de la ley 123, se llevará a cabo el viernes 27 de abrilla AudienciaPúblicasobre el tratamiento del Proyecto de “Cruce bajo nivel de vías del ex FFCC Gral. Mitre en avenida Federico Lacroze altura 2600 al2800”en el Centro Cultural “Colegiales”, sito en la calle Conde943, apartir de las 18.00 horas.
El Proyecto se ubica en el Barrio de Colegiales, dentro dela Comuna13 y abarca intervenciones sobrela Av. FedericoLacroze en su intersección con el tendido del ex Ferrocarril Gral. Bmé. Mitre, en territorio dela Ciudad Autónomade Buenos Aires.
Durante la etapa de obra,la Av. FedericoLacroze será cerrada desde la calle Amenábar hasta la calle Conesa (aproximadamente 210m). En forma complementaria, las transversales Moldes (entre F. Lacroze y T. García) y Crámer (entre T. García y Av. Olleros), verán habilitada la doble mano y reducida su circulación para los frentistas.
Sobre la calle Olleros (de doble mano), se habilitará un cruce a nivel de carácter provisorio, que será acondicionado con nueva pavimentación, demarcaciones horizontales, colocación de cordones emergentes y se ejecutarán aceras para la circulación peatonal. Por otra parte, se procederá al retiro de árboles para habilitar la circulación vehicular y se ejecutará una isleta de suelo.
Por: Susana Estrabaca
NOTA DE LA REDACCIÓN: Al pie de «Vecinos necesarios» podrá ver el proyecto completo.
Debajo de ¿Qué es una audiencia? y el video correspondiente