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DANIEL HADAD VENDIÓ SUS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Medios

La venta de Hadad, ¿es legal?

El empresario vendió gran parte de sus medios al Grupo Indalo, de Cristóbal López. Pero, ¿qué dice la ley de medios?

Daniel Hadad anunció ayer la venta del canal de noticias C5N,la AM Radio 10 y cuatro emisoras de FM al Grupo Indalo, cuyo dueño es el empresario Cristóbal López. El traspaso de los medios de comunicación se produce luego de la sanción de la Leyde Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), que establece ciertos requisitos para este tipo de operaciones.

Según el artículo 41, “las autorizaciones y licencias de servicios de comunicación audiovisual son intransferibles”, por lo que no podría ser Hadad quien decida el futuro de esas licencias. Estas tendrían que volver al Estado antes de ser concursadas nuevamente. “Se pueden devolver las licencias, pero éstas no son transferibles”, confirmó Henoch Aguiar, experto en derecho de la comunicación y profesor titular dela UBA.

Existen excepciones en la ley, como en el caso del artículo 161, que aclara que en caso de que el titular posea un número mayor de licencias al estipulado por ley (como era el caso de Hadad -poseía cuatro licencias de FM en la misma zona cuando el artículo 45 permite sólo dos-), “al sólo efecto de adecuación prevista en este artículo, se permitirá la transferencia de licencias”. Según explicó Aguiar, “Hadad podría vender sólo dos radios dentro del marco de la desinversión que prevé la ley.”

Un medio puede también vender una parte de sus acciones, pero nunca puede desprenderse de más del 50%, puesto que debe mantener el control de la licencia de la que es adjudicatario.

“Hasta tanto la AFSCA no permita el traspaso, la venta no es avalada por el ente regulador y los medios no podrían operar en términos legales”, señaló Santiago Marino, docente y coordinador dela Maestría en Industrias Culturales de la Universidad Nacional de Quilmes. De lo contrario, el Grupo Indalo tendría que ser sancionado “con la caducidad de pleno derecho de la licencia adjudicada y será nula de nulidad absoluta” (art. 41).

Por Matías Di Santi y Olivia Sohr          

Viernes 27 de Abril de 2012

Texto e imagen  gentileza : Chequeado.com

www.parquechas.com.ar

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