En el Boletín Oficial y por disposición de la Anmat se informó de productos (edulcorantes), que infringían las leyes del Código Alimentario Argentino (CAA).
Los productos «Stevia, Endulzante Natural, Grupo Eco, Endulzndo La Vida, Presentación Granulado» y «Stevia, Endulzando La Vida, presentación en polvo», distribuídos y procesados por Naturaleza Boliviana, Reg. Sanitario 028043, Caranavi, Bolivia.
El Departamento de Autorización y Comercio Exterior de Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) explicó que el producto envasado en Bolivia «carece en su base informativa de registro ni antecedentes de registro al país de los ya mencionados productos».
Existe el antecedente de 2018, que prohibió el mismo «Stevia, Endulzando la Vida 100% stevia cristalizada», de origen boliviano con contenido neto 80 g.con vencimiento en 2020″ por disposición 718/2018 hallaron irregularidades por carecer de glicósidos de esteviol y que edulcorantes no nutritivos autorizados, son los que tienen ese componente. Concluyeron que «la leyenda «100% Stevia Cristalizada» es incorrecta e induce al error, engaño y confusión al consumidor».
Prohibición de palitos saldos marca «Verónica» Snacks peso neto 1000 grs. elaborado por Verónica Snacks, Luca, Córdoba, R:N:E: 04004883, R:N:P:A. 04035072″), informado por disposición 1584/2022. Estos productos carecen de: registro de establecimiento, y producto, con información que pertenece a otra razón social y productor».
Se consideran ilegales por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma clara y fehaciente, y no podrán ser expendidos ni comercializados en el territorio de la República» para protección de la salud de los ciudadanos.